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Modelos 200 y 220 del Impuesto sobre Sociedades: qué son y cuándo se presentan
Los modelos 200 y 220 son la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades, con plazo general en julio de cada año. Explicamos para qué sirve cada uno y qué recogía originalmente este boletín, publicado en julio de 2025 para la campaña del ejercicio 2024.
Qué son los modelos 200 y 220
El modelo 200 es la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente) que debe presentar, con carácter general, cualquier sociedad residente en España sujeta a este impuesto, independientemente de que haya tenido actividad o resultado positivo en el ejercicio.
El modelo 220 es la declaración específica de los grupos de sociedades que tributan en régimen de consolidación fiscal: la sociedad dominante presenta este modelo en representación del grupo, además de que cada sociedad integrante siga presentando su propio modelo 200 individual.
Cuándo se presentan, con carácter general
Para sociedades cuyo ejercicio económico coincide con el año natural (la mayoría), el plazo general de presentación es del 1 al 25 de julio del año siguiente al del cierre del ejercicio. Si el ejercicio no coincide con el año natural, el plazo se cuenta desde el fin del periodo impositivo: los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a esa fecha de cierre.
Cada año, la Agencia Tributaria aprueba mediante orden ministerial los modelos concretos aplicables a la campaña correspondiente, con las adaptaciones normativas de ese ejercicio, así que conviene confirmar cada año el modelo vigente antes de presentar la declaración.
Qué recogía este boletín originalmente, en julio de 2025
Esta entrada se publicó en julio de 2025 para recordar a nuestros clientes la apertura del plazo de presentación de los modelos 200 y 220 correspondientes al ejercicio 2024, tras la aprobación ese año de los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes para establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en España.
Ese plazo concreto ya finalizó; se mantiene aquí como referencia histórica y se ha ampliado la entrada con la explicación general de ambos modelos, que sigue siendo válida campaña tras campaña.
Cómo te ayudamos desde nuestra asesoría fiscal
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Si eres autónomo en lugar de sociedad, tus modelos trimestrales son otros: consulta nuestra guía modelo 130 vs modelo 303.
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Última revisión: 6 de septiembre de 2026.